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RESPONSABILIDAD POR DAÑOS:

Los dueños de las mascotas exoneran de cualquier responsabilidad a Puerto Venecia por posibles problemas donde resulten o puedan resultar perjudicados, tanto ellos como sus acompañantes y/o cualquier cliente que visite el centro, por actos realizados por los perritos.

El tenedor o propietario asumirá la responsabilidad civil, administrativa o penal que se derive por cualquier acto del animal de compañía, por su tenencia o propiedad o por el incumplimiento de las normas sobre tenencia animal; mantendrá indemne a Puerto Venecia ante cualquier reclamación que se presente por estos hechos y reembolsará todos los gastos o costos en que esta incurra.

Cada propietario ostenta la guarda, custodia y responsabilidad absoluta de su perro; Al acceder con él en el Shopping Resort, acepta las normas  y exime de toda responsabilidad a Puerto Venecia por los daños patrimoniales y extrapatrimoniales que el perro pueda ocasionar a terceros.


NORMAS GENERALES DOG FRIENDLY:

Solo se permitirá el acceso a perritos que cumplan la siguiente normativa:

  • Puerto Venecia podrá solicitar la salida a cualquier propietario junto a su mascota que no cumpla la normativa y se reserva el derecho de admisión. Del mismo modo, podrá avisar las autoridades competentes para requerir de su actuación si fuera necesario. 
  • Se debe permanecer, respetar y acogerse a las normas designadas particularmente de los establecimientos Dog Friendly.
  • Se permite la entrada, como máximo, de un perro por persona mayor de edad.
  • Si la mascota no es un perro, deberá ir en su transportín correspondiente.​
  • No está permitido el acceso de mascotas exóticas.​
  • Todos los perros deberán ir junto a su dueño con correa corta y mantenerlo de manera controlada y tranquila, evitando el ladrido y comportamientos agresivos con personas y animales. 
  • Por la propia seguridad de la mascota, queda terminantemente prohibido la utilización de escaleras y rampas mecánicas ya que puede hacerse daño en las patitas. En su lugar se puede hacer uso de escaleras manuales y ascensores. En el caso de estos últimos se debe mantener sensibilidad con:
  • Personas con movilidad reducida
  • Embarazadas y carritos de bebé
  • Personas mayores
  • Desde el centro se vela por el bienestar de los animales, por lo que, si se evidencia algún tipo de maltrato, abuso o violencia hacia las mascotas, se dará aviso a las autoridades competentes.
  • Se prohíbe dejar a los perros dentro de los vehículos que queden estacionados en las distintas zonas de parking.
  • En caso de cualquier urgencia, llamar al 976 952 121 o enviar un WhatsApp al 629 408 577.

 

ADMISIÓN:

  • No deberán acceder perros si no se encuentran bien de salud, si están visiblemente debilitados, enfermos o que no presentan condiciones de higiene, esto podría perjudicar a otros animales y personas en el lugar. Tampoco mascotas con un comportamiento agresivo, potencialmente peligroso, que no tengan completas sus vacunas o tratamientos desparasitantes al día.
  • Se permite la entrada de perros a las zonas comunes de Puerto Venecia y a los establecimientos que cuenten con la pegatina identificativa ‘Dog Friendly’ en su escaparate. Ver anexo 2
  • Para garantizar la seguridad de los clientes y evitar situaciones de peligro para los visitantes, otros animales o posibles incomodidades de ambos, el centro se reserva el derecho de admisión de mascotas en aquellos eventos que se realicen en las instalaciones.
  • Con el fin de velar por el bienestar de todos, el personal de seguridad podrá en todo momento valorar situaciones que afecten al resto de clientes, y tomar decisiones en consecuencia. ​

 

CONDUCTA:​

  • Está prohibido que las mascotas se suban al mobiliario o permanezcan sin supervisión en alguna zona del Shopping Resort.
  • El dueño deberá llevar consigo bolsas y material para limpiar en caso de que el perro ensucie la zona.
  • Dispone de bolsas para excrementos en los dispensadores del centro y en el Punto de Atención al Cliente.
  • Prohibido entrar con juguetes para las mascotas en las instalaciones.

 

RECOMENDACIONES:​

  • Se recomienda llevar consigo la cartilla de vacunación o acreditación de la DGA.
  • Todos los perros deberán llevar un collar con identificación, que incluya el teléfono de su propietario.​
  • El propietario o responsable del perro debe abstenerse de acceder a las zonas interiores si la hembra se encuentra en celo, este ciclo puede alterar el comportamiento de otra hembra o macho.

 

NORMATIVA:​

  • Se deberá cumplir con las normativa local, autonómica y estatal relativas a la tenencia de animales. Ordenanza reguladora de la tenencia de animales domésticos del Ayuntamiento, Comunidad Autónoma y la Legislación Estatal: https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/4523    
  • Si la mascota es un perro calificado como potencialmente peligroso (PPP) debe ir con correa y bozal y cumplir con todo lo indicado en las normativas vigentes. ANEXO 1
  • Las razas calificadas como potencialmente peligrosas son: Pit Bull Terrier,  Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu y las que presenten todas o la mayoría de las siguientes características: 
    • Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
    • Marcado carácter y gran valor
    • Pelo corto
    • Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
    • Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
    • Cuello ancho, musculoso y corto.
    • Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
    • Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

Se establece que los establecimientos de hostelería y restauración donde únicamente se sirven alimentos pueden permitir el acceso de animales domésticos siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Informar a los dueños o responsables de los animales de las normas de acceso.
  • Los animales siempre deberán estar sujetos por una correa o en un trasportín.
  • Los animales deberán presentar un comportamiento y estado de higiene adecuados, sin signos evidentes de enfermedad.
  • Se evitará que los animales entren en contacto con el equipo y útiles del local, con el personal del establecimiento, así como con las superficies de mesas y de la barra. En caso de contacto, se limpiarán y desinfectarán las zonas afectadas con los materiales adecuados.
  • Se podrá dar comida y bebida a los animales utilizando, en todo caso, útiles expresa y exclusivamente diseñados para la alimentación de animales. 


ANEXO 1: PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS (PPP) 
Las razas consideradas PPP son las siguientes:​ Pit Bull Terrier,  Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu.
Las razas catalogadas como Perros Potencialmente Peligrosos (PPP) deberán circular, según establecen las leyes,( Sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos aplicamos el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999 de 23 de diciembre) con una persona mayor de edad, con aptitud idónea para ejercer el control necesario en cada caso, correa de menos de dos metros de longitud y no extensible que permita el dominio sobre el animal en todo momento, así como un bozal homologado y adecuado para su raza, que impida la apertura de la mandíbula para morder. Asimismo, el personal de Seguridad del centro podrá requerirle que muestre la licencia pertinente. ​

La lista oficial de razas de perros considerados peligrosos en España es la establecida en el real decreto 287/2002, y que desarrolla la Ley sobre la tenencia de animales potencialmente peligrosos en nuestro país. Un decreto que cita de forma específica estas ocho razas en su primer anexo: Akita 
Inu, American Staffordshire Terrier, Dogo argentino, Fila brasileiro, Pitbull Terrier, Rottweiler, Staffordshire Bull Terrier y Tosa Inu.​
Lo que, a efectos prácticos, provoca que haya otras 8 razas 
ppp. A saber: Bóxer, Bull terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Canario o Presa Canario, Dogo de Burdeos, Dogo del Tíbet y Mastín napolitano.​
Las personas que accedan al centro con Perros potencialmente peligrosos deberán cumplir los siguientes requisitos:​
Los perros deberán pasearse con correa y esta no podrá ser extensible ni de más de dos metros de largo.​
Los perros deberán llevar el bozal adecuado a sus características morfológicas.​
Sólo se podrá pasear/ir acompañado de un PPP por persona.​
Los portadores de los mismos deberán llevar la licencia municipal en vigencia y documento de identidad.​
Si algún visitante se negase a cumplir la normativa, se avisará a policía municipal para que actúe como autoridad para exigir el cumplimiento de la misma.​
Deben contratar seguro de responsabilidad civil​
En lo que se refiere a los visitantes que accedan con razas de perros potencialmente peligrosas (PPP) deberá atenderse a lo indicado a las leyes, decretos y normas a nivel nacional, autonómico y local:​

  • Artículo 148 de la Constitución​
  • Ley 11/2003 de 24 de noviembre protección Animal (BOJA Nº237 de 10-10-2003​
  • Decreto 92/2005 de 29 de marzo​
  • Ley 10/1999, de 30 de julio.​
  • Decreto 170/2002, de 11 de julio​
  • Ley 50/1999, de 23 de diciembre​
  • Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo (tenencia de animales potencialmente peligrosos​ https://www.boe.es/eli/es/rd/2002/03/22/287